Nuevo Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021

El Plan se ha consensuado con las comunidades autónomas y con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas. También han participado en su elaboración las entidades locales y los organismos responsables de juventud, mujer, educación y servicios sociales, entre otros.

Tendrá una vigencia de 3 años y se estima que el coste total ascienda a 2.000 millones de euros, con cargo a los fondos del presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal. En el año 2019 la dotación será de 670 millones y en los presupuestos de 2020 y 2021 se consignará el resto.

El Plan de Empleo Joven ha fijado como objetivos cuantitativos:

  • Reducir la tasa de paro juvenil hasta el 23,5 %, en los tres años de vigencia.
  • Incrementar la tasa de actividad de personas jóvenes entre 20 y 29 años hasta el 73,5%.
  • Reducir en un 20% la actual brecha de género en el paro registrado de menores de 30 años.
  • Incrementar cada año un 15% el número de contrataciones indefinidas con jóvenes, alcanzando durante el conjunto de los tres años 2.900.000 contrataciones.
  • Conseguir que, al menos, un 43% de los jóvenes inscritos como desempleados y, que no disponen de titulación en Educación Secundaria Obligatoria, adquieran mediante programas de formación las competencias clave en lengua y matemáticas.
  • Formar, al menos, un 30% de personas jóvenes en competencias lingüísticas.
  • Lograr que, al menos, 225.000 jóvenes se formen en competencias digitales, el 75% en competencias básicas y el 25% en competencias superiores.
  • Formar a un 25% de los jóvenes en competencias de sectores estratégicos.

Grupo Albatros. Dos chicos jóvenes trabajando de carpinteros.

Para la consecución de tales objetivos, el Plan se estructura en torno a seis ejes: orientación, formación, oportunidades de empleo, igualdad, emprendimiento y mejora del marco institucional, con cincuenta medidas combinables entre sí.

En cuanto a su desarrollo, se elaborará un plan anual de actuación, vinculado al Plan Anual de Política de Empleo (PAPE), que tendrá un seguimiento semestral. Asimismo, el Plan será evaluado a través de aplicaciones informáticas y sometido a evaluación a los 18 meses de funcionamiento. Esta evaluación contendrá, al menos, información relevante sobre los resultados de cada medida individualizada y respecto a la eficacia del Plan, su eficiencia, pertinencia, cobertura y satisfacción de los usuarios.

Las medidas propuestas en relación al contrato para la formación y el aprendizaje son las siguientes:

MEDIDA 24: IMPULSO DE CONVENIOS DE FORMACIÓN EN DISTINTAS PYMES Y MICROPYMESSe impulsarán y apoyarán desde los Servicios Públicos de Empleo los Convenios de Colaboración entre Entidades que imparten formación y distintas PYMES y MICROPYMES que formalizarán contratos de Formación y Aprendizaje con personas jóvenes. Así, mientras que las personas jóvenes tienen un contrato en una empresa, ésta tiene la seguridad de contar con un centro de formación que asegure una formación adecuada a la actividad a desarrollar en las Pymes y Micropymes. Este tipo de convenios permite que confluyan varias empresas que contratan a una o dos personas solamente y se asegura un grupo mínimo de alumnos entre todas, para que reciban una formación a la medida de las PYMES.

MEDIDA 26: POTENCIAR LA FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL POR MEDIO DEL CONTRATO PARA LAFORMACIÓN Y EL APRENDIZAJEPara ello, se deberán impulsar los desarrollos normativos y las modificaciones necesarias, para que el contrato para la formación y el aprendizaje sea el mecanismo para realizar las prácticas asociadas a la formación profesional dual en el ámbito laboral. Además, se facilitará su utilización por parte de las empresas y posibiliten una mayor y mejor oferta formativa con garantía de calidad y mejores condiciones laborales, permitiendo al mismo tiempo un seguimiento más efectivo del contrato. En el desarrollo de la FP dual es esencial implementar un sistema de tutela que asegure el cumplimiento de la finalidad de los contratos para la formación y aprendizaje.

MEDIDA 27: PORTAL DE EMPLEO PARA LOS CONTRATOS FORMATIVOS De modo similar a una iniciativa que existe en Reino Unido, se promoverán por los Servicios Públicos de Empleo y se desarrollarán las actuaciones para tener un punto único común para la ofertas de los nuevos contratos para la formación y aprendizaje y para los contratos en prácticas que surjan de la Mesa del Diálogo Social. En este sentido, desde el portal EMPLÉATE se creará un apéndice referido exclusivamente a los nuevos contratos formativos. Dicho portal englobará todas las ofertas de los servicios públicos de empleo para esos contratos y desde el mismo se podría solicitar la cobertura de contratos de trabajo formativos, con base de datos online con todas las vacantes para estos puestos ofertadas por los empresarios. En cuanto al funcionamiento del portal, a modo similar a la solicitud del “apprenticeship” que funciona en el Reino Unido, se contará con una cuenta con identificación personal y password. Se enviará la solicitud online y se esperaría respuesta para la celebración de entrevistas. Contando con un servicio específico que proporciona ayuda en la búsqueda del aprendizaje. Si no se tiene éxito en las solicitudes se puede solicitar por la persona trabajadora que se envíen los comentarios relativos a las razones por las que no ha sido elegido. Asimismo, se puede formular una queja si el estudiante considera que no tuvo éxito porque fue discriminado o porque su tratamiento en la entrevista o en el proceso de solicitud fue injusto.

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